Nota
formal presentada a fines de mayo en sendos ejemplares , ante la Presidencia de
la Nación, el Ministerio de Justicia y la Secretaría de DDHH, por ciudadanas
miembros de la agrupación ´Memoria Completa´:
Buenos
Aires, mayo del 2004
El
Poder Ejecutivo ha dictado un decreto ley por el cual se reglamenta el derecho
constitucional de acceso a la información pública en las dependencias que están
en su órbita y además existe en el Congreso de la Nación un proyecto de ley -
ya con media sanción de la Cámara de Diputados - que tiende a garantizar el
libre acceso a la información pública de todas las personas y que involucra a
los tres poderes del Estado.
Acorde
a la letra y espíritu del Decreto y la proyectada ley mencionadas, presentamos
el siguiente pedido concreto de “Libre acceso a la información pública”.
1
- Dado que los archivos ex Conadep con las listas detalladas de muertos y
desaparecidos en los años 70’ están en custodia de la Secretaría de
Derechos Humanos.
2
- Dado que además tal Secretaría está a cargo de su permanente actualización
y que según declaraciones de sus actuales y otras muy recientes autoridades se
habrían incorporado más personas muertas y desaparecidas desde el fin de la
tarea de la Conadep en 1984/85, hace casi dos décadas.
3 - Dado que las listas publicadas por la Conadep y liberadas al público en Internet comprenden unas 8.500 personas desaparecidas o muertas en esos años de guerra civil, presuntamente a manos del estado, y sin estar allí incluidas las al menos 1.000 víctimas fatales asesinadas por el terrorismo revolucionario en la misma época.
4
- Dado que hace dos años la entonces Secretaria de DDHH Diana Conti declaró públicamente
que nuevos datos obtenidos aumentaban la
lista de desaparecidos y muertos a un total de 15.000. Pero que esos nuevos
datos no serían publicados mediante los correspondientes
listados con apellidos y
nombres, como se hizo con los de la Conadep, alegando ¨razones de seguridad¨
de los respectivos familiares denunciantes, razones que la funcionaria no
fundamentó en modo alguno.
5 - Dado que hace poco tiempo otro importante funcionario de esa Secretaría ha informado públicamente que el total de desaparecidos y muertos asciende a unos 12.000, cifra que contradice y desmiente en varios miles menos a la antes informada por la ex funcionaria Conti.
6
- Dado que desde hace muchos años los organismos políticos de familiares de
desaparecidos y muertos del bando terrorista revolucionario repiten cifras de
30.000 desaparecidos, sin jamás fundamentarlo con las listas correspondientes.
Que a eso se suelen sumar diferentes medios de prensa, contribuyendo a
magnificar la confusión pública al respecto, no solo entre el pueblo argentino
al cual representa el gobierno y en cuyo nombre actúa, sino también en el
concierto de naciones del mundo.
7
- Dado que inclusive el actual funcionario a cargo del Poder Ejecutivo Federal
ha hablado públicamente en el país y extranjero sobre 30.000 presuntos
desaparecidos y muertos, sin brindar tampoco precisiones al respecto, pese a que
de él depende vía el correspondiente Ministro esa Secretaría de DDHH.
8
- Dado que se consideran obviamente inaceptables las alegadas razones de
seguridad de la ex funcionaria Diana Conti, por no ser
necesario brindar los datos de los denunciantes sino tan solo los de los
presuntos muertos / desaparecidos y además por no conocerse de ninguna fuerza o
grupo en actitud y aptitud de concretar amenazas algunas al respecto luego de
tantos años de los hechos (casi 30 años).
9 - Dado que coincidimos en que es necesario conocer la Verdad de los hechos ocurridos en los años 70´ y conservar la Memoria sobre ellos, pero que tales Verdad y Memoria deben ser completas, reales y objetivas, basándose en datos ciertos y concretos, lo cual no sucede en la reinante confusión informativa sobre nada menos que los argentinos caídos en una cruel guerra civil, manejándose cifras que no difieren meramente en comprensibles porcentajes menores, sino en cifras que partiendo de un piso informado oficialmente y en forma detallada de 8.500, llega según los diferentes sectores políticos intervinentes a ser multiplicado al doble y hasta a casi el cuádruplo, sin brindarse datos verificables responsables.
10
- Dado que, aun las mismas listas publicadas de la Conadep adolecen de evidentes
fallas en los listados de presuntos desaparecidos, según lo han demostrado
casos de pública trascendencia y por ende inevitablemente verificables, tales
como los del actual Juez señor HUMBERTO MEADE, la jueza propuesta como miembro
de la S.C.J. señora CARMEN ARGIBAY y el recientemente designado Procurador
Fiscal Federal señor ESTEBAN RIGHI – todos informados hasta hace poco como
DESAPARECIDOS - cuadro que lleva a
dudar sobre cuantos más casos incorporados a esos 8.500 y no tan notorios públicamente
puedan estar errados.
11 - Dado por último que depende del Poder Ejecutivo Federal la Secretaría de DDHH , con lo cual una simple y clara directiva del Jefe del Poder Ejecutivo Federal solucionaría el problema planteado en este escrito, venimos a peticionar formalmente que :
a)
Se brinde acceso público al pueblo de la Nación Argentina sobre la información
básica disponible respecto a los desaparecidos y muertos en los años 70´ a
manos de fuerzas bajo dependencia estatal.
b)
Tal información contenga en cada uno de los casos la misma estructura de datos
básicos del Anexo del Informe Conadep, a saber: número de legajo - ciudad de la detención, desaparición o
muerte - fecha del hecho - apellido y nombre del causante - edad del causante de
conocerse - lugar de detención de conocerse. Estos datos no afectan la
intimidad o seguridad de los denunciantes bajo ningún aspecto.
c)
Los listado completos así actualizados sean publicados por autoridad
responsable, en forma impresa en cantidades razonablemente factibles y en sitios
web oficiales accesibles a todo público en la red INTERNET, como ya se ha hecho
con el Anexo del Informe de la CONADEP.
d)
En forma independiente a los tres puntos anteriores, se designe una Comisión
Oficial conformada por notables independientes, a cargo de la tarea de obtener y
aportar la información faltante en la historia oficial de los años 70’, tal
cual es la historia del fenómeno y los hechos acometidos por las organizaciones
terroristas revolucionarias, sus cabecillas responsables principales, los
responsables actuantes directos puntuales cuando sea factible y finalmente la
lista de los ciudadanos civiles y militares muertos, secuestrados, heridos,
torturados y extorsionados por esas organizaciones, como así también de los
ataques ocurridos aun sin haber víctimas personales pero provocando cuantiosos
daños materiales (estragos, voladuras, incendios, robos, ocupaciones, etc.) y
desestabilizando así al régimen democrático republicano constitucional de la
época.
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