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"FORO DE LA VERDAD HISTÓRICA"

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Informe

(actualizado al 22 de mayo del   2002)

"Causa judicial por el presunto plan sistemático de apropiación de menores, una operación política contra las Fuerzas Armadas"

Antecedentes

En 1984 actuó la comisión especial CONADEP, recibiendo denuncias posteriormente transferidas a diversos juzgados y a la Cámara Federal de Buenos Aires - a cargo del juicio a los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas durante las operaciones de guerra antiterrorista (Causa 13/84, donde se juzgó al sistema con el cual se combatió).

Entre esas denuncias había unos 180 presuntos casos de menores robados, que en realidad comprendían a aproximadamente 140 mujeres hipotéticamente embarazadas al ser apresadas y los 40 restantes a hijos menores de 10 años. También fueron transferidas a la Causa 13 y además a los jueces federales o de instrucción correspondientes a la jurisdicción de cada caso puntual.

Como es de público conocimiento, en solo unos 12 de esos casos puntuales los jueces comprobaron apropiaciones de niños y han aplicado la ley. Al respecto conviene resaltar tres circunstancias:

a) Ninguno de los jueces intervinientes en los 12 casos, como así tampoco en los restantes 172, dictaminó sobre la comprobación de que formaran parte de plan sistemático alguno de las FFAA.

b) En solo 2 de estos 12 casos los apropiadores fueron miembros de las FFAA.

c) Esa cantidad de 12 casos no es indicio de un plan sistemático, cuando sabemos que hubieron en toda la guerra unos 8.500 desaparecidos o muertos denunciados con sus datos identificatorios y por ende al menos más de 1.000 hijos huérfanos. Es menor que la cantidad de acciones delictuosas con menores y recién nacidos que suceden en tal solo un mes actualmente en el país, según conocidas crónicas policiales y denuncias.

En la causa 13, investigando desde esas denuncias de la CONADEP, se llegó a la conclusión de que no hubo una acción sistemática de las Fuerzas Armadas para apropiarse de hijos de detenidos y por ello los fiscales expresamente retiraron la acusación inicial al respecto. En la sentencia de la Causa 13 editada en dos libros públicos, se mencionan concretamente - con nombres y apellidos - la devolución a sus familias de 41 menores hijos de capturados (sobre 700 casos paradigmáticos, que incluían detenidos con y sin hijos). Proyectando esta relación a los 8.000 presuntos desaparecidos, nos da indicios de al menos unos 500 menores devueltos.

Hasta fines de 1996, por la actuación de la CONADEP, Causa 13 y decenas de jueces individuales, estaba claro que solo hubieron habido unas pocas apropiaciones aisladas no sistematizadas, en la larga guerra civil clandestina.

Las acciones legales ejercidas en 1996 ante el juzgado federal del Dr. Bagnasco son una repetición de dicha Causa 13 y de cada una de las 180 causas puntuales mencionadas, además se basan en un 99% en las mismas acusaciones y testigos ante la CONADEP y Causa 13, de hace ya 15 años.

Estamos asistiendo hoy a un doble juzgamiento, por un lado en el juzgado del Dr. Bagnasco y por el otro los demás jueces que llevan las causas puntuales. En la causa que instruye el magistrado nombrado sobre el plan sistemático no hay casi informes o datos de los obtenidos por los demás jueces en tantos años de investigación, cuando justamente al abarcar cada juzgado menos casos deben haber podido enfocar más la acción investigativa.

El juez Bagnasco, luego de dos años de trámites, en enero de 1999 procesó a varios oficiales superiores y subalternos por 194 presuntos casos, siendo revocado por la Cámara Federal - la misma de la Causa 13 - no solo por fallas formales sino según sus propias palabras por "una total ligereza en la fundamentación de los casos y las probanzas por parte del juzgado".

En el segundo procesamiento - dispuesto en pocos días con rapidez y sin mayores trámites - el juez Bagnasco redujo el número de los casos inculpados de 194 a 34 en todo el país en todos los años de esa guerra.

Este segundo auto fue apelado y estuvo a consideración de la Cámara Federal de la Capital Federal hasta julio del 2000. En su resolución dicha Cámara avaló los procesamientos, pero redujo el total de casos remanentes de 34 a tan solo 22.

Necesidad de acciones informativas

Existe una completa desinformación pública de lo hasta aquí mencionado. Se han instalado deliberadamente en la población versiones que no se ajustan a la verdad de los hechos y ni siquiera a lo actuado en los expedientes judiciales, dándose por probados hechos que están lejos de serlo.

Como en todas la guerras civiles las opiniones están divididas y pasará mucho tiempo para comprender la cuota de violencia habida, propia de toda guerra, pero el tema de los menores incursiona en otra problemática.

Ciudadanos miembros y allegados a las instituciones FFAA , FFSS y FFPP rechazan por ser inaceptable esta acusación de robar menores masivamente, no solo por ser falso sino porque importa una suerte de símil de un holocausto sobre instituciones de la nación que están más allá de sus hombres ocasionales. Se considera falaz que se pregone el solo  responsabilizar a determinadas conducciones de las FFAA, porque tamaña acusación fuera cierta, serían casi todos sus miembros culpables por acción u omisión.

Por tales razones, procederemos a brindar para el conocimiento de la ciudadanía varias separatas que forman un conjunto completo de datos, ciertamente irrebatibles por su objetividad, a saber:

Se ha omitido el detallar otros importantes aspectos técnicos jurídicos vulnerados en los procesamientos y aplicables según los diferentes acusados, por estar ampliamente tratados en las apelaciones de las respectivas defensas;  los resumiremos a continuación:

Destacamos que las listas y datos son fruto de la actividad de un grupo privado de militares y civiles, quienes utilizaron "información abierta" al público, recopilándola con rigor y objetividad. La conocen los abogados y quienes hayan tenido acceso a los expedientes administrativos y judiciales.

No es nuestro objetivo la defensa ética de los pocos casos puntuales de apropiaciones de menores denunciadas, probadas o bajo investigación; debe actuar allí la justicia con severidad en base a la ley. Pero en cambio nos mueve a denunciar públicamente, en base a las evidencias incontrastables que tenemos en mano, la falsedad de las imputaciones sobre la existencia de un plan sistemático de sustracción de menores, por ser algo que las FFAA de nuestra República no merecen, ya que jamás ello hubiera sido consentido por las cadenas de comandos que condujeron las operaciones bélicas contra los guerrilleros, ni por los escalones subordinados combatientes directos.

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